OFICINA DE PROTECCIÓN DE DERECHOS OPD CONCHALÍ
Descripción de OPD
La OPD Conchalí, cuenta con 6.800 plazas para niñas, niños y adolescentes entre 0 y 17 años, 11 meses, 29 días, respondiendo a la derivación de organismos competentes en la protección de Derechos de Niñas y Niños.
Actualmente funciona en dependencias del Centro Borlänge, casa antigua del sector de Barón de Juras Reales con Santa Inés, que cuenta con oficinas administrativas, box de atención individual y salones multiusos, cocina comedor para el personal, baños diferenciados para hombres, mujeres y funcionarios, además de bodegas y patio interior.
Requisitos y Antecedentes o documentos requeridos para acceder al servicio
La vía de ingreso a la OPD, es por medio de medidas de protección, dictadas por Tribunal de Familia de la Región Metropolitana, Fiscalía (Unidad de Victimas), redes comunales (instituciones y organizaciones sociales, etc.) SENAME (trabajo infantil) y demanda espontanea (denuncia anónima).
Además, debe entregar junto a estos antecedentes la siguiente documentación:
- Documentación e informes confidenciales según sea el caso.
Indica si es factible realizar la solicitud en línea
- No es factible la solicitud de atención en línea.
Los tramites a realizar y/o las etapas que contempla
- Las etapas y tramites a realizar en relación a los niñas y niños atendidos, están directamente establecidas por los organismo pertinentes.
Valor de las prestaciones
- Las intervenciones no tiene costos asociadas para los usuarios ni sus familias.
Prestaciones
La OPD es una oficina comunal destinada a realizar acciones de protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes. Es operada en convenio entre el SENAME y la Municipalidad de Conchalí. Busca contribuir a la generación de condiciones que favorezcan una cultura de reconocimiento y respeto a los derechos de la infancia.
Entrega atención ambulatoria a niños, niñas y adolescentes, cuando requieren una atención profesional especializada debido a la vulneración de derechos como: Falta de acceso a servicios básicos, como salud y educación, maltrato físico y/o psicológico, abandono, abuso sexual, etc.
Servicios complementarios
- No aplica.